Mediante auto de fecha 6 de febrero de 2024, la Sala Civil del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá D.C., con ponencia de la Magistrada Stella María Ayazo, recordó que las únicas excepciones de mérito procedentes en los procesos divisorios son la de “pacto de indivisión” y la de prescripción adquisitiva del derecho de dominio.
Lo anterior al desatar un recurso de apelación frente al auto que decretó la venta de un bien inmueble en pública subasta al no tenerse en cuenta las excepciones propuestas por la demandada y que dicho sea de paso no fueron las únicas permitidas.
Fuente: Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá D.C., Magistrada Ponente: Stella María Ayazo. Radicado: 2021-00256-01.